Parqueo
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Estacionamiento o parqueo. Espacios adecuados de estacionamiento que se integran con las instalaciones circundantes y los patrones de circulación existentes.
Formas en que se debe realizar el estacionamiento o parqueo.
1-En vías de una sola dirección o sentido se debe parquear a la izquierda de la vía. Si la vía fuera de poco tránsito o zona residencial se permite en ambos lados o cuando tiene 3 carriles.
2-En vías de doble sentido de la dirección se debe parquear a la derecha de la vía.
3-Se debe de parquear paralelo a la dirección de la circulación.
4-Con relación a las intersecciones la distancia es como mínimo 10m, pero si existe semáforo la distancia es de 100 m, en ambos casos antes o después.
Reglas que se deben tomar al parquear o estacionar un vehículo.
1-Apagar el motor del vehículo cerrando el chucho.
2-Retirar la llave del chucho.
3-Aplicar el freno de mano o emergencia.
4-Conectar una velocidad en la caja.
5-Girar neumáticos o ruedas según inclinación de la vía.
6-Cerrar las puertas con llaves, es decir poner seguros a si misma.
- En pendientes ascendentes o cuesta arriba cuando se parquea el vehículo hay que aplicar la primera velocidad y girar el timón, las ruedas contrario al contén de la acera.
- En pendiente descendiente o cuesta abajo se debe de aplicar retroceso cuando se realice el parqueo y girar el timón y ruedas hacia el contén de la acera.
- Cuando no exista contén se debe de calzar las ruedas traseras o delanteras según se realice el parqueo en pendientes ascendentes o descendentes.
- Con relación a los estacionamientos o parqueos, los pasos que se omiten se dan por hechos correctamente, solo contamos como infracciones si nos dicen que no lo realizó o que lo realizó mal.
Lugares donde se prohibe el estacionamiento o parqueo.
1- A más de 10cm del contén de la acera.
2- A menos de 50cm entre vehículos.
3- Fuera de las vallas de parqueo.
4- Sobre las aceras o césped.
5- En zonas de carga en horas y días laborables.
6- En el espacio comprendido de 40mt hacia atrás y 10mt hacia delante de una parada de ómnibus.
7- En una zona de piqueras en días y horas laborables.
8- En las partes de la vía que circulan las islas o rotondas.
9- A la entrada o salida de garajes, pistas o rampas.
10- Entre una zona de seguridad y la acera o separadores.
11- Entre 2 zonas de seguridad.
12- En las zonas oficiales, zonas de Embajada o Consulado.
13- Frente a menos de 4mts de un hidrante.
14- Frente o al lado de Unidades de la Policía, Unidades Militares y Unidades de Bomberos.
15- Frente a la entrada principal de Hoteles, Edificios Públicos, Escuelas y Agencias Bancarias.
16- En los Puentes, Túneles, Pasos Superiores e Inferiores, Intercambios y sus accesos, Pasos a Nivel 10m antes y después, Curvas, sobre las paralelas del ferrocarril y próximo a los Cambios de Rasantes.
17- Frente a las señales de prohibición de parqueo.
18- A 10m de la entrada o salida de las intersecciones, si está semaforizada a 100m antes o después.
19- En autopistas y avenidas.
20- En los caminos de tierra o terraplenes.
21- A la derecha de la calzada de la carretera, (sobre la derecha de la calzada de la carretera).
22- En ciclo vías, ciclo carril o vías exclusivas.
Precisiones
El que no recoja el vehículo en el plazo establecido, debe pagar una cuantía superior por cada día.
- Del tercer día hasta el décimo un 30 % del día adicional.
- Del 11no hasta el 15 un 50 % del día adicional.
- Del 16 en adelante pagara un 100% del día adicional.
Otros motivos por los que se puede trasladar un vehículo:
1- No poseer Licencia de Conducción.
2- No poseer la categoría requerida.
3- Violar las reglas del aprendizaje.
4- Encontrarse cumpliendo una sanción de Suspensión o Cancelación de la Licencia de Conducción. 5- Presenten evidencias de haber perdido las condiciones físicas y mentales.
6- Cuando se nieguen a realizar las pruebas que los agentes le indiquen.
Nota:
- El propietario del vehículo tiene que presentarse para reclamarlo y deberá pagar una multa.
- Si el propietario tiene más de 2 notificaciones por el motivo anterior se le retira la Licencia de Circulación y las chapas de identificación del vehículo hasta 1 año.
- Si se reitera una nueva infracción por estos motivos en 2 años posteriores al cumplimiento de la retención se decomisa el vehículo y tendrá 10 días hábiles para reclamarlo ante el Jefe de Unidad de la P.N.R y el Tribunal.